“El tabaco está mucho más barato en Canarias, me traigo unos cuantos cartones.” Es una frase que suena lógica y que, tal como está, te puede meter en un lío con Hacienda. Porque aunque el vuelo Canarias-Península sea un vuelo nacional, a efectos fiscales Canarias no funciona como el resto de España. Te explicamos cuánto puedes traer de verdad, y de dónde salen esos límites.
En el control de seguridad: sin problema
El tabaco —cigarrillos, puros, picadura— es un producto sólido, así que no tiene ninguna restricción de seguridad: puede ir en la cabina o en la maleta facturada, como quieras. (El vape y sus líquidos son otra historia: llevan batería de litio y van siempre en cabina.)
El límite del tabaco no es de seguridad, es fiscal. Y ahí está la sorpresa.
Canarias → Península: solo 1 cartón
Este es el dato que casi nadie conoce y el más buscado. Canarias está dentro del territorio aduanero de la UE, pero fuera del territorio del IVA (tiene su propio impuesto, el IGIC). Por eso, cuando vuelas de Canarias a la Península, Hacienda te aplica la misma franquicia que si vinieras de fuera de la Unión Europea:
- 200 cigarrillos (1 cartón) por viajero. O bien 100 puritos, o 50 puros, o 250 g de picadura.
- Dentro de un valor total de hasta 430 €.
- Menores de 17 años: sin franquicia de tabaco.
El error típico: creer que, por ser vuelo nacional, puedes traer el tabaco que quieras. No. El tope es 1 cartón por persona. Traer dos o tres “porque es barato” es, técnicamente, una infracción aduanera. Por encima del cartón hay que declararlo y pagar impuestos.
Desde fuera de la UE: lo mismo
Si vuelves de un viaje fuera de la Unión Europea, la franquicia es idéntica: 200 cigarrillos, o 100 puritos, o 50 puros, o 250 g de picadura, dentro de los 430 € de valor global por vía aérea. No se pueden sumar las distintas labores. Por encima, a la aduana a declarar.
Entre países de la UE: niveles indicativos
Si compras tabaco en otro país de la Unión (Portugal, por ejemplo) y vuelves, no hay una franquicia fija, sino niveles indicativos de uso personal:
| Labor | Nivel indicativo (uso personal, UE) |
|---|---|
| Cigarrillos | 800 |
| Cigarritos | 400 |
| Puros | 200 |
| Picadura | 1 kg |
Son orientativos: si los superas con mucho, la aduana puede entender que es para revender y pedirte cuentas.
Resumen
- Seguridad: el tabaco es sólido, va en cabina o bodega sin problema.
- Canarias → Península: 1 cartón (200 cigarrillos) por persona sin declarar. Es lo mismo que venir de fuera de la UE.
- Fuera de la UE: misma franquicia, 200 cigarrillos / 430 €.
- Entre países UE: niveles indicativos (800 cigarrillos), orientativos.
- Menores de 17 años: sin franquicia de tabaco.
De dónde salen estos datos
Las franquicias del viajero (200 cigarrillos / 430 € desde territorios no UE y desde Canarias, y los niveles indicativos intra-UE) están publicadas por la Agencia Tributaria y por la Comisión Europea (Your Europe). El régimen especial de Canarias (territorio aduanero UE pero fuera del IVA) es lo que hace que se le aplique la franquicia de viajero. Última actualización: 6 de septiembre de 2026. Para cantidades grandes o dudas, confirma en la Agencia Tributaria antes de viajar. Y si además te llevas comida, ojo con la aduana: lo vemos en jamón en el avión, país por país.
Foto: Oktay Köseoğlu · Pexels